18 marzo 2009
Dueño de sus actos
 

 

Una de las atribuciones más pretenciosas e infundadas que se arroga la Justicia es la de dictaminar si un asesino era dueño de sus actos cuando cometió el crimen. En algunos casos, como el del parricida de la catana, lo decide un jurado que, a falta de formación técnica, amalgama su veredicto a base de intuición y sentido común; es decir, de prejuicios heredados. En otros, lo determina un magistrado con un dominio tan amplio del Derecho que ni se cuestiona si éste es un código fielmente emanado de la naturaleza humana y por tanto capaz de juzgarla. Sea la distorsión por defecto o por exceso, las preguntas son las mismas. Todo ello, aun presuponiendo y aceptando la más que dudosa premisa que da sentido al Derecho: que al hombre le queda un resquicio de libertad pese a los múltiples condicionantes que le constriñen y, en consecuencia, es responsable de lo que hace.

La primera de las preguntas sería: ¿cómo se sabe si una persona ha sido dueña de sus actos cuando no hay forma de conocer el estado anímico que presentaba cuando los realizó; las ideas, imágenes e impulsos que confluyeron en su cerebro en aquel preciso instante? A este respecto, poco importa que el acusado padezca un trastorno esquizoide o que haya intentado suicidarse alguna vez, porque ni los esquizofrénicos ni los bipolares lo son de manera ininterrumpida, así que pudieron cometer el crimen siendo presa de una crisis o no. Por su parte, una “persona normal” también puede matar a sangre fría o presa de una enajenación transitoria provocada por la ira, el deseo de venganza, el narcisismo, los complejos o, simplemente, porque le agobiaba el sol como al extranjero de Camus. En ninguno de ambos casos hay forma de que personas ajenas al sujeto deduzcan retrospectivamente si éste pudo comportarse de un modo distinto a como lo hizo.

Y la segunda: ¿se puede decir que alguien, o bien tiene, o bien no tiene dominio sobre sus actos? Ni siquiera quienes creen en la libertad del individuo piensan que uno es dueño de ellos al cien por cien. A lo sumo, tras calibrar todos los factores sociales, psicológicos y coyunturales que les han influido, podríamos aventurar que hay unas personas más responsables de su conducta que otras. Pero nunca fijar una frontera que distinga cualitativamente que unas son responsables de sus actos y otras no. Todos tenemos nuestras neuras, nuestros traumas, nuestras inclinaciones, nuestras filias y nuestras fobias. Así que no nos engañemos. Lo que nos separa a los cuerdos de los locos, a los sanos de los enfermos, a los conscientes de los inconscientes, es una diferencia puramente gradual.

 

 

 

Referencias y contextualización

El viernes 13, la Audiencia Provincial de Valladolid condenó a 36 años de cárcel a Ismael V. S. que el 26 de junio de 2007 asesinó a su padre con una catana y a su hermana a puñaladas, considerando que, pese a padecer un trastorno esquizoide, cuando cometió los crímenes era dueño de sus actos. El extranjero es una célebre novela de Albert Camus donde el protagonista asesina a un árabe tras verse deslubrado y acalorado por la luz del sol. Otro artículo que pone en duda la libertad del individuo es "Sobre el determinismo". Las implicaciones a nivel jurídico de las afirmaciones que contiene este texto se discuten en "La razón de ser de la cárcel".

 

 

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